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El artículo 51 del anteproyecto de ley, en período de alegaciones por la Dirección General de Salud Pública del Govern balear, define diversas acciones que tienen que ser acometidas por los titulares de establecimientos de juego y apuestas.

El proyecto de nueva ley emerge bajo el enunciado de ‘abordaje integral de las adicciones en Baleares’ y fija como objetivos «la cooperación, la planificación y la coordinación para la atención integral de la ciudadanía con problemas de adicción vía promoción de la salud, prevención de conductas adictivas, asistencia e incorporación social de personas que padecen adicciones».

Aborda tabaco, bebidas alcohólicas y otras sustancias, a cuyo consumo por cierto atribuye un volumen «por encima de la media nacional», y aborda las ‘adicciones comportamentales’. En este último punto proyecta acciones que impulsen la utilización responsable del juego de azar y de las tecnologías digitales al entender que «el uso inadecuado o abusivo de las tecnologías digitales repercute negativamente en personas jóvenes y adultos».

El Título IV del proyecto de ley reza ‘Adicciones sin sustancia’. Es en su artículo 51 donde se detallan «medidas para promover la sensibilización e información de la potencialidad adictiva de los juegos de azar presenciales y online, y el fomento de la asistencia psicológica y social a las personas afectadas».

Las campañas de sensibilización vía carteles y avisos deben trasladar que «el juego es una actividad lúdica, y no una fuente de ingresos, cuya práctica tiene que ser desplegada de forma moderada y controlada» (…) «Promoción del ‘juego responsable’ entre titulares de establecimientos de juego y apuestas, así como del personal que trabaja con una clara visibilidad que recuerde que una práctica abusiva puede derivar en ludopatía» (…) «Los titulares de los establecimientos de juego y apuestas tienen que implicarse en políticas organizativas en ‘juego responsable’ asegurando la formación de personal».

El proyecto de ley estipula una serie de funciones de inspección de la salud pública en el campo de las adicciones a partir del cumplimiento de los deberes de limitación y prohibición, además de incorporar un régimen sancionador.

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