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1.221 euros para los bingos y 584 para los salones.

La Ley de Medidas Administrativas y Fiscales de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad el pasado 28 de diciembre, recoge las tasas por servicios administrativos de ordenación del juego. A continuación reproducimos la información de interés:

Tasa por servicios administrativos de ordenación del juego.
Hecho imponible.- Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por la Administración del Gobierno de Cantabria, de servicios o la realización de actuaciones, en interés del ciudadano o peticionario, que lleva consigo el control administrativo del juego, en los casos y conforme se especifica en las tarifas.

Devengo.- La tasa se devengará en el momento del inicio de las actuaciones administrativas constitutivas del hecho imponible.

Sujeto pasivo.- Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten, a quienes se presten o en cuyo interés se realicen las actuaciones administrativas que constituyen el hecho imponible.

Tarifas: La tasa se exigirá conforme a las siguientes tarifas:
1. Autorizaciones:
— De casinos: 5.293,95 euros.
— De salas de bingo: 1.221,69 euros.
— De salones de juego: 584,51 euros.
— De salones recreativos: 244,34 euros.
— De locales de apuestas: 206,65 euros
— De zonas de apuestas: 154,99 euros
— De otros locales de juego: 40,72 euros.
— De rifas y tómbolas: 81,45 euros.
— De empresas gestoras de casinos de juego y su inscripción: 161,27 euros.
— De empresas gestoras de salas de bingo y su inscripción: 161,27 euros.
—  De  empresas  fabricantes,  distribuidoras  y  técnicas  de  máquinas  y  fabricantes  de  otro  material de juego y su inscripción: 161,27 euros.
— De empresas operadoras de máquinas y su inscripción: 161,27 euros.
— De empresas de salones y su inscripción: 161,27 euros.
— De empresas organizadoras de rifas y tómbolas y su inscripción: 161,27 euros.
— De empresas gestoras de apuestas y su inscripción: 161,27 euros.
— Modificaciones de las anteriores autorizaciones: 50% de la tarifa.
— Renovaciones de las anteriores autorizaciones: 50% de la tarifa.
— Homologación e inscripción de modelos de máquinas tipos B y C: 81,45 euros.
— Homologación e inscripción de modelos de máquinas tipo D: 40,72 euros
— Homologación e inscripción de otro material de juego: 80,65 euros.
— Autorizaciones de explotación de máquinas tipos B y C: 81,45 euros.
— Autorización de explotación de máquinas de tipo D: 40,72 euros
— Autorizaciones de instalación de máquinas tipos B y C: 24,42 euros.

2. Expedición de documentos y otros trámites:
— Transmisión de autorizaciones de explotación de máquinas: 24,42 euros.
— Cambios de establecimiento y canjes de máquinas: 24,42 euros.
— Expedición de duplicados: 50% de la tarifa.

 

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