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LOS SERVICIOS DE HOSTELERÍA DE AJUSTARÁN A LAS CONDICIONES EXIGIDAS EN BARES Y RESTAURANTES.

El BOCCE ha publicado el Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta, de 18 de marzo de 2021, por el que se aprueban las nuevas medidas sanitarias, ratificado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el Recurso 354/2021, de 23 de marzo.

Respecto al juego dice lo siguiente:

7.7.-Establecimientos y locales de juego y apuestas:

a)Los casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos y de juegos, locales de apuestas externas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, podrán realizar su actividad siempre que no se supere el 40% del aforo permitido.

b) Uso obligatorio de mascarilla tanto por los empleados como por los clientes.

c) Se establecerán las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros en sus instalaciones, especialmente en la disposición y el uso de las máquinas o de cualquier otro dispositivo de juegos y apuestas en los establecimientos en los que se desarrollen estas actividades. En el caso que se deba guardar turno por parte de los clientes, se debe señalizar o balizar dicha zona para asegurar que se guarde la distancia de seguridad.

d) En el supuesto de que en los establecimientos de juegos y apuestas se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, este se ajustará a las condiciones exigidas a los establecimientos de hostelería y restauración.

Sector del Juego

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